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6No.23 | Julio 2025V o z de I r %u00e1 nEl 13 de junio de 2025, varias ciudades iran%u00edes despertaron bajo el impacto de explosiones provocadas por bombas lanzadas por el r%u00e9gimen sionista de Israel contra el territorio de la Rep%u00fablica Isl%u00e1mica de Ir%u00e1n. Este nuevo acto armado, criminal y hostil por parte de Israel constituye una violaci%u00f3n flagrante de las normas imperativas del derecho internacional.Los cr%u00edmenes de guerra y de lesa humanidad perpetrados por Israel, as%u00ed como las graves violaciones a lo dispuesto en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, tienen su origen en un crimen central y fundacional: el crimen de agresi%u00f3n. Esta forma extrema e il%u00edcita del uso de la fuerza en las relaciones internacionales no solo genera responsabilidad internacional para el agresor, sino que tambi%u00e9n abre la puerta a otros cr%u00edmenes internacionales conexos.Por: Dr. Mahdi Nazari, Profesor de la Universidad de Experto en Derecho Internacional Dra. Fatemeh Ebrahimi, Profesora del Departamento de Estudios de la Mujer y la Familia de la Universidad de Al-ZahraLa agresi%u00f3n israel%u00ed contra Ir%u00e1n desde la perspectiva del derecho internacional